Algunos de nuestros clientes nos preguntan cómo saber si estoy en ASNEF antes de pedir un préstamo. ASNEF es el fichero de morosos más conocido en España (aunque no el único), y figurar en él puede implicar importantes complicaciones a la hora de acceder a crédito o a contratos de suministros.
Por eso hemos decidido dedicar unas líneas a explicarte cómo puedes saber si te han incluido en algún fichero de este tipo y cuáles son los pasos que debes seguir para salir de la lista de morosos. Empecemos desde el principio.
¿Cómo funcionan ASNEF y los ficheros de morosos?
ASNEF es un fichero que reúne información relativa al incumplimiento de obligaciones dinerarias. Es decir, permite registrar a aquellas personas que no pagan en tiempo y forma, constituyéndose en mora.
Los acreedores que no hayan cobrado conforme a las condiciones pactadas podrán remitir a ASNEF los datos del deudor moroso. Generalmente esta medida se adopta para presionar al deudor, ya que muchos proveedores de servicios (por ejemplo, financieros) denegarán la contratación con quien figura en estos ficheros.
El problema de ASNEF-EQUIFAX (también se conoce así al fichero, ya que EQUIFAX es la empresa que lo gestiona) es que los morosos no siempre saben que figuran en el registro. Esto puede ocurrir:
- A causa de un fraude o suplantación de identidad. La misma empresa cuenta con un servicio preventivo para tratar de prevenir el uso fraudulento de datos ajenos. En cualquier caso, si te encuentras en esta situación conviene que presentes una denuncia a la Policía Nacional y contactes con un abogado penalista que te ayude a minimizar el impacto del ilícito.
- Porque no le haya llegado la notificación. Dado que ASNEF-EQUIFAX se comunica por medio del correo postal, hay casos en que el deudor no se entera de que va a ser incluido en el fichero.
- Porque no se han cancelado sus datos oportunamente. También puede ocurrir que ante un registro ilegítimo o la cancelación o pago de la deuda no se curse la baja del registro. En este caso el deudor podría seguir figurando en la lista de morosos, con todos los inconvenientes que ello conlleva.
¿Son legales este tipo de directorios?
Sí. La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales admite específicamente estos sistemas de información. Los denomina Sistemas de Información Crediticia, y las condiciones para que sean legítimos figuran en su artículo 20:
- Los Sistemas de Información Crediticia (SIC) son válidos si:
- Obtienen sus datos del acreedor o su representante.
- Contienen información relativa a deudas ciertas, vencidas y exigibles, cuya cuantía no haya sido objeto de reclamación administrativa, judicial o alternativa. Es decir, se trata de deudas incontrovertidas.
- Se ha advertido al deudor en el contrato de la posibilidad de inclusión en un SIC. Además, el acreedor debe especificar en este contrato con qué sistemas colabora.
- Se ha informado al deudor en el contrato o en el momento de requerir el pago de la posibilidad de incluirlo en el SIC con el que colabore el acreedor.
- Los datos incluidos en una lista de morosos solo se pueden mantener mientras perdure el incumplimiento, teniendo un plazo máximo de cinco años.
- Además, solo son accesibles por quien mantenga una relación contractual con el afectado o vaya a formalizar un contrato. En caso de denegar la solicitud de contrato por figurar el deudor en un SIC, la entidad deberá informarle de que ha realizado la consulta al sistema.
¿Cómo saber si estoy en ASNEF?
Para saber si estás en ASNEF basta con que realices una consulta en su página web. En principio deberían enviarte una carta concediéndote un plazo de 30 días para realizar el pago u oponerte a la inclusión en el fichero. El problema es que si ASNEF-EQUIFAX no cuenta con tu dirección actual no recibirás la notificación.
En cualquier caso, si has recibido la carta tendrás un código de acceso al fichero. De lo contrario todavía podrás ejercer tu derecho de acceso remitiendo una solicitud por vía postal o electrónica. Necesitarás aportar:
- Formulario de consulta.
- Fotocopia de un documento que acredite tu identidad.
- Lugar donde quieres recibir la respuesta.
¿Cómo salir de la lista de morosos?
Ya hemos explicado que ASNEF y otros directorios son perfectamente legales. Esto implica que las personas inscritas cuentan con todos los derechos en materia de protección de datos que les otorga la legislación española y europea.
Entre estos derechos destacan los de acceso, rectificación, cancelación, oposición y limitación.
- Mediante el derecho de acceso podemos consultar los datos que sobre nuestra persona gestiona cualquier entidad. En este caso, ASNEF nos ofrece la posibilidad de consultar nuestros datos en el fichero a través de diferentes vías:
- Correo electrónico. Enviando el formulario a través de la dirección sac@equifax.es.
- Correo postal. Remitiendo la carta al apartado de Correos 10.546, 28080, Madrid.
- A través de su página web, si disponemos de un número de referencia.
- En el caso de que detectemos que la entidad dispone de información que no se ajusta a la realidad tendremos la posibilidad de rectificarla, cancelarla u oponernos al tratamiento.
- Disponemos para ello de un formulario normalizado, al que habrá que acompañar de la correspondiente documentación.
- Si lo que queremos es salir de la lista de morosos deberemos utilizar otro formulario, al que adjuntaremos la documentación acreditativa del pago de deudas.
¿En qué casos puedo salir de la lista de morosos?
Como ves, existen diferentes vías para salir de la lista de morosos. Pero en todo caso van a exigirte que acredites que tu inclusión en el fichero es ilegítima. Para ello tendrás que demostrar que:
- La deuda es controvertida. Si has presentado una reclamación administrativa o judicial (también sirven otras, como las presentadas ante Servicios de Atención o de Mediación o Arbitraje) podrás retrasar el momento de inclusión a aquel en que se resuelva la reclamación. En caso de determinarse que la deuda no existe, está satisfecha o no alcanza la cuantía reclamada evitarás que te incluyan en la lista.
- La deuda no existe. Este caso incluye varias opciones. Puede ser que ya hayas pagado la deuda o que te la estén reclamando indebidamente (por ejemplo, porque no se corresponde a un servicio solicitado o han suplantado tu identidad). Dependiendo de tu caso tendrás que aportar una documentación u otra. Por ejemplo:
- Justificantes de pago de la deuda, en caso de que ya la hayas satisfecho.
- Comprobante de cancelación de la obligación, en caso de que el contrato del que derive la deuda se haya cancelado o no haya llegado a cobrar vigor.
- Sentencia o resolución administrativa que deniegue tu deber de pago.
Puedes realizar muchos de los trámites relacionados con la morosidad personalmente. Pero lo cierto es que en la mayoría de ocasiones conviene contar con asistencia jurídica especializada.
Esto se debe a que, al margen de saber si estoy en ASNEF o salir de la lista de morosos, en ocasiones me interesará realizar otras operaciones. Por ejemplo, reclamar la cancelación de una deuda o la devolución de sumas indebidamente abonadas. Incluso, en los casos de fraude o suplantación de identidad, presentar denuncia ante las autoridades o querella contra el correspondiente delito.